Factura electrónica

Procedimiento para remitir las facturas al Ayuntamiento de Alameda del Valle

A partir del 15 de enero de 2015, debe presentar obligatoriamente su factura en formato Factura-e si se encuentra dentro de una de las categorías de proveedores obligados por la Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica. Además, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, relativo al derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas:

 


FACe, Punto General de entrada de facturas de la Administración General del Estado

Obligatorio para facturas con importe superior a 5.000,00 €. Para comunicarse electrónicamente con el Ayuntamiento deberán disponer de un certificado electrónico de la FNMT y presentar los documentos a través de FACe.

https://face.gob.es/es

Los datos para facturación electrónica a través de FACE son los siguientes (códigos de órganos administrativos):

DATOS FACE DEL AYUNTAMIENTO DE ALAMEDA DEL VALLE, CON CIF: P2800300B.

Oficina Contable
L01280035 SECRETARIA-INTERVENCION
Órgano Gestor
L01280035 AYUNTAMIENTO DE ALAMEDA DEL VALLE
Unidad Tramitadora
L01280035 TESORERIA

Sede electrónica del Ayuntamiento de Alameda del Valle

No obstante, si su factura es inferior a 5.000,00 € y no puede presentarla a través de FACE, podrá presentar la factura electrónica a través de la sede electrónica https://alamedadelvalle.sedelectronica.es/e-invoice.1


La comunicación electrónica no permite enviar los documentos vía correo electrónico.

Si tienen alguna duda, no duden en contactar con administración del Ayuntamiento de Alameda del Valle en el siguiente email, info@alamedadelvalle.es.

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